Concurso voluntario / necesario
de acreedores

Concurso voluntario / necesario de acreedores

Cuando hablamos de concurso de acreedores, es esencial hacer distinción entre concurso voluntario o necesario. La diferencia radica en que el concurso voluntario es presentado por el propio deudor ante la imposibilidad de hacer frente a sus deudas y el concurso necesario es solicitado por el propio acreedor de la persona jurídica/física cuya declaración en concurso se pretende.

En cualquiera de los casos, es importante contar con un abogado experto en concurso de acreedores, así como en la rama del derecho concursal, áreas en las que en Caballero Abogados somos especialistas.

    Solicite más información

    ¿Tiene dudas sobre alguno de nuestros servicios? Solicite información sin compromiso y le responderemos con la mayor brevedad posible.




    He leído y acepto la política de privacidad

    Concurso voluntario / necesario
    de acreedores